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¿LE OFRECEMOS SUELDO FIJO?.

SI tiene la titulación de AGENTE DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA homologada por su autonomía ¡SI!

Podemos negociar el salario y las condiciones laborales.

Normalmente el salario es de 647 €, 40 horas semanales con pagas prorrateadas, 30 días de vacaciones al año mas un porcentaje de comisión del 10%.

 

Si NO tiene la titulación de AGENTE DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA. ¡Lógicamente no podemos contratarle!

 

Comprendemos que pueda tener EXPERIENCIA COMERCIAL EN ESTE SECTOR O EN OTRO SECTOR CARA AL PÚBLICO Y POR ESE MOTIVO...

 

¡EN NUESTRA EMPRESA, TENGA POR SEGURO QUE NO DEJAMOS A NADIE NUNCA ATRÁS!

 

TENEMOS UN PLAN DE CARRERA PARA PERSONAS SIN TITULACIÓN UNIVERSITARIA DEMOSTRABLE,

 

LE OFRECEMOS ESTAS CONDICIONES PARA QUE PUEDA TENER UN FUTURO Y GANAR DINERO YA.

 

a) Le formaremos para que aprenda ESTE LUCRATIVO OFICIO, EL DE SER AGENTE DE SERVICIOS.

 

b) Altisimas comisiones, EL 50 % del faturado total realizado en el mes restando 247 € + IVA de la primera operación.

 

c) Cobro en el MOMENTO DE LA FIRMA DE LA OPERACIÓN DE VENTA O ALQUILER.  

    (No tiene que esperar a final de mes para cobrar).

    Cobro el día 10 de las ventas de BANNER´S merca service.

 

d) UN HORARIO FLEXIBLE DE VERDAD.

(Trabaje las horas que pueda o quiera, a medida que gane dinero SABEMOS QUE TRABAJARÁ MÁS HORAS).

 

e) TRABAJE EN SU BARRIO O LOCALIDAD.

(Ahorre dinero con los costes de desplazamiento, CUANDO GANE DINERO ABARQUE MÁS BARRIOS Y GASTE DINERO SI QUIERE EN TRANSPORTE Y COMBUSTIBLE, pero al principio NO HACE FALTA).

 

f) ASCIENDA EN LA EMPRESA.Tenemos un plan de carrera para que NO SE QUEDE "ESTANCADO". (Alquilando  o vendiendo pisos toda la vida).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

           

Compañías de seguros, inmobiliarias, bancos, todos ellos contratan comerciales, representantes o vendedores que se convierten en autónomos para poder trabajar.

 

Se trata de un contrato a través del cual, una persona física o jurídica, se compromete de forma voluntaria, a prestar unos servicios por un precio o por una comisión determinados.

 

Diferencias entre contrato mercantil y contrato laboral

En el contrato mercantil, el trabajador actúa por cuenta propia. Se convierte en autónomo.

 

Pasa a ser empresario de sí mismo.

 

En el contrato laboral, el trabajador se compromete a prestar unos servicios retribuidos, por cuenta ajena y bajo la dirección de otra persona física o jurídica, llamada empresario.

 

Consecuencias para el trabajador

El trabajador tiene obligación de darse de alta con régimen de autónomo.

 

Tiene obligación de facturar el IVA. a la empresa, al tipo legal.La empresa efectúa la retención correspondiente a cuenta de su declaración del IRPF.

 

La empresa no está obligada a cotizar a la Seguridad Social.

 

En caso se extinción del contrato, la empresa no tiene obligación de pagar ningún tipo de indemnización.

 

Solo si se justifican malos resultados económicos o cese de negocio, pueden optar a cobrar el paro, transcurridos doce meses del inicio de la cotización.

Ventajas del contrato mercantil

Flexibilidad, libertad de horarios.Independencia de jefes.

 

Posibilidad de trabajar para varias empresas, al mismo tiempo.

 

 

Contenido mínimo en el contrato mercantil

Se deben expresar con claridad, los servicios que se van a prestar con todo lo que está incluido y excluido de lo pactado.

 

Determinar con claridad, el importe total de los servicios.

 

Establecer el plazo de duración del contrato.

 

Expresar la obligación de la empresa a practicar la retención del IRPF y abonar el IVA.

 

Anotar el lugar donde se prestarán los servicios y determinar si hay un horario fijo o si existe libertad, en ese sentido.

 

En definitiva, el contrato mercantil es una opción más de acceder al mercado laboral pero sin duda.

¿Porqué un contrato mercantil es positivo?.

PORQUE LE PERMITE TRABAJAR.

NOSOTROS SOMOS TRANSPARENTES Y NUESTROS CONTRATOS ¡TAMBIÉN!,

POR ESO LO HACEMOS PÚBLICO PARA QUE UD. LO LEA

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