CONDICIÓN QUE TIENE QUE TENER
CONTRATO DE ALQUILER PARA TRAMITAR EL SEGURO DE IMPAGO

INCLUIR EN EL CONRATO DE ALQUILER ESTA CLÁUSULA
“En caso de impago de la renta y/o de otras obligaciones dinerarias dimanantes de este contrato, el ARRENDATARIO consiente que el ARRENDADOR le incluya en un registro de morosos tipo ASNEF, EQUIFAX o similares. Esta autorización está condicionada a que exista una deuda cierta, vencida, exigible y que haya resultado impagada, así como que el ARRENDADOR, de forma previa, haya requerido de pago al ARRENDATARIO el pago de la deuda.
En caso de que el ARRENDADOR hubiera concertado un contrato de seguro que le garantizase el pago de cantidades adeudadas por el ARRENDATARIO, el ARRENDADOR subrogará al Asegurador en los derechos que le correspondieran contra el ARRENDATARIO por las cantidades percibidas. En las mismas condiciones que el párrafo anterior, el ARRENDATARIO consiente que sea el Asegurador quien le incluya en un registro de morosos.”

636 40 29 65

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